• Salva Martín
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Información sobre la elección telemática

Os actualizamos información respecto a los plazos de la elección de la plaza y la modalidad telemática.

Debido al estado de alarma han procedido a aplicar la suspensión de plazos previstos en el calendario MIR y EIR, indicando que el cómputo de plazos se reanudará en cuanto se planifiquen los actos de adjudicación, sin mencionar fechas estimadas (ver archivo adjunto).

Acerca de la posibilidad de llevar a cabo la elección de plaza por medios telemáticos, lo establecido en la convocatoria actual (Base octava y anexo V) es lo siguiente:

 

“…Podrán presentar solicitud electrónica de adjudicación de plaza:

  1. Aquellas personas que dispongan de certificado electrónico reconocido de persona física (ver, http://firmaelectronica.gob.es/) y que hayan superado la puntuación mínima en el ejercicio de contestaciones múltiples.

 

  1. Las personas de otras nacionalidades diferentes a la española, cuyo documento de identidad con el que participen en la prueba selectiva no les permita obtener un certificado electrónico reconocido de persona física, siempre que hubiesen facilitado su dirección de correo electrónico en el Modelo 790 de solicitud. En estos casos, el procedimiento a seguir es el siguiente:

 

El día del examen los Interventores-Presidentes de su Mesa de Examen, les entregarán un documento con una pre-clave de acceso y las instrucciones, excepciones y plazos de uso de la misma, así como, un cuadro impreso con las coordenadas que deberán facilitar para los procesos de establecimiento de clave de acceso y firma de la solicitud electrónica de adjudicación de plaza.

Deberá firmar y entregar un documento «Recibí pre-clave», que también será firmado por el Interventor-Presidente.

Para completar el alta en el sistema, la persona interesada deberá identificarse con su número de identificación y pre-clave en un módulo específico del sistema. Si la pre-clave es correcta, recibirá automáticamente un correo a la dirección ratificada en el documento, con un enlace temporal y personalizado y una coordenada asociada a un cuadro de coordenadas que le permitirán establecer su clave de autenticación.

La persona interesada entrará en su buzón de correo, pulsará el mencionado enlace, se identificará con su pre-clave y la coordenada solicitada. Si estos datos son correctos podrá establecer su clave de autenticación. Una vez elegida su clave de autenticación ya podrá identificarse para acceder al sistema electrónico del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, para realizar la solicitud electrónica de plaza.

La aceptación no implica que la persona esté obligada a realizar la solicitud de adjudicación electrónica de plaza.

Una vez que la persona se haya identificado correctamente en el sistema electrónico del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social mediante el procedimiento que le haya sido de aplicación, la elección electrónica de plaza se realizará con sujeción a las siguientes reglas:

Primera.

El acceso se hará a través de la dirección http://www.mscbs.gob.es seleccionando Sanidad >Profesionales> Formación > Convocatoria Actual> Adjudicación de Plazas.

Segunda.

La solicitud podrá presentarse y modificarse por medios electrónicos, hasta doce horas antes del inicio de la sesión en la que la persona haya sido citada para el acto de adjudicación de plazas.

Tercera.

Una vez comprobado que la persona no ha comparecido personalmente, se dará curso a la solicitud presentada por medios electrónicos en el momento que corresponda al número de orden obtenido.

Cuarta.

Si no fuera posible adjudicar ninguna de las plazas incluidas en una solicitud formulada por medios electrónicos, por encontrarse todas ellas ya adjudicadas, se procederá a continuar con el llamamiento de personas citadas, quedando la persona solicitante en espera de adjudicación de plaza.

En este caso, si desea solicitar adjudicación de plaza, deberá hacerlo mediante comparecencia personal, ocupando el orden de prioridad que se siguiera en los actos de asignación, y siempre que existieran aún plazas vacantes por asignar.

Quinta.

Las solicitudes electrónicas podrán anularse o modificarse si la persona comparece personalmente al acto de adjudicación de plazas, en el momento en el que por su número de orden le corresponda.”

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