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Información sobre reclamaciones MIR

*Esa información se actualizará con cada convocatoria MIR

RECLAMACIONES A LA RELACIÓN PROVISIONAL DE RESULTADOS

Plazo de CINCO DÍAS HÁBILES contados a partir del siguiente al de su publicación.

Para solicitar la rectificación de los errores advertidos en la relación provisional de resultados, respecto a:

  • Evaluación del ejercicio (examen).
  • Evaluación de méritos académicos (baremo).
  • Puntuación total individua

Utilizando siempre el modelo de reclamación (archivo adjunto) junto a la documentación que sustenta que ha habido un error de valoración en el baremo asignado, en la evaluación del ejercicio (examen) o en la suma de la puntuación total individual.

Las reclamaciones se presentarán preferentemente en las oficinas de asistencia en materia de registros, es decir que puedes acudir al mismo lugar en el que has presentado la solicitud de admisión al examen, Ministerio de Sanidad, Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno que las remitirán al Ministerio de Sanidad, a través del Registro Electrónico Común y en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

Si has estudiado fuera de España, en universidades ajenas al Espacio Europeo de Educación Superior, recuerda que deberás haber solicitado a tu universidad la conversión al sistema de calificaciones mencionado (1-10/ 0-10) y que dicho certificado deberá estar legalizado, en caso contrario podrían asignarte un baremo de 5 sobre 10, hay muchas universidades que no realizan dicha conversión.